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Solicitar presupuesto

Alquilas tu propiedad en España.

Si alquilas tu inmueble en España desde el extranjero.

Si eres no residente y alquilas una propiedad en España, estás obligado a presentar esta declaración de impuestos cada trimestre.

¿Qué es?

El trámite trimestral del que nadie te avisa.

El Modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) debe presentarse trimestralmente por los ingresos obtenidos del alquiler de cada inmueble que poseas en España. La base imponible se calcula a partir de las rentas percibidas, pudiendo deducir determinados gastos si resides en la UE/EEE, y el tipo impositivo varía en función de tu país de residencia.

Datos clave


  • Plazo: trimestral (20 de abril, julio, octubre y enero)
  • Por cada inmueble alquilado
  • Tipo general: 19% (UE/EEE) o 24% (resto)
  • Modelo: 210 (AEAT

¿Quién debe presentar la declaración?

¿Estás obligado a presentarla?

Si no resides en España y alquilas cualquier inmueble en el país, ya sea una vivienda, chalet, apartamento, garaje o trastero, estás obligado a declarar esos ingresos cada trimestre. Estos son los casos más habituales.

  • Alquiler de larga duración

    Si alquilas tu vivienda en España como residencia habitual Si alquilas tu vivienda en España como residencia habitual del inquilino, debes declarar los ingresos cada trimestre.inquilino, debes declarar los ingresos cada trimestre. 

  • Alquiler vacacional o turístico

    Si alquilas tu inmueble por días o semanas a través de plataformas como Airbnb o Booking, los ingresos también están sujetos al IRNR.

  • Alquiler por temporada

    Si arriendas tu propiedad durante meses concretos del año, debes declarar las rentas obtenidas en ese periodo.

Qué incluye

Lo gestionamos por ti.

  • Cálculo de la base imponible


    Calculamos el importe a declarar en función de las rentas percibidas y el tipo impositivo aplicable.

  • Presentación ante la Agencia Tributaria


    Presentamos la declaración directamente ante la Agencia Tributaria en tu nombre, con nuestro certificado de colaborador.

  • Justificante de presentación


    Recibirás el justificante oficial de la Agencia Tributaria por correo electrónico en un plazo de 48 horas.

  • Asistencia con consultas


    Si la Agencia Tributaria (AEAT) te envía cualquier notificación relacionada, te ayudaremos a resolverla.

Hablemos de tu situación.

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